sábado, 24 de noviembre de 2012

Combarro, 40 años de conjunto histórico-artístico


DECRETO 3394/1972, de 30 de noviembre, por el que se declara conjunto artístico y pintoresco de carácter nacional el pueblo de Combarro, en el Ayuntamiento de Poyo (Pontevedra).

Combarro, en el Ayuntamiento de Poyo (Pontevedra), es el más pintoresco de los pueblos marineros de Galicia. El caserío se apiña en curiosa y típica urbanización sobre una amplia faja de terreno donde la ría forma una bella ensenada.

Fue Combarro antigua cabeza del Coto de Poyo, constituyó Concejo y como puerto de pescadores estuvo sujeto a la jurisdicción de los Vicarios del arrabal marinero pontevedrés de la Moureira. Alcanza su momento de máximo esplendor en el siglo XVIII, en que la comunidad de Combarro - compuesta por pequeños comerciantes, marineros y campesinos - dió origen al inimitable conjunto urbano en el que las casas de labrados soportales abiertos a la mar y las bellísimas balconadas de granito, propias de blasonados pazos, se confunden con las humildes construcciones labriegas y marineras de discretos huecos y escaleras exteriores que dan paso al "patín" de la entrada. Estas edificaciones forman las calles de rústico enlosado, empinadas, estrechas y serpenteantes que bajan a los viejos "peiraos" del puerto o desembocan en encrucijadas y pequeñas plazoletas, presididas por cruceros dieciochescos.

Pero lo que presta más encanto a la singular fisonomía de Combarro es toda una serie de hórreos de acusada belleza que a modo de cinturón, cierra todo el pueblo y que se asientan sobre recios muros acariciados por la marea y en los que ponen una nota de acentuado tipismo las redes que se secan al aire y las pequeñas barcas que descansan de us singladuras.

Esta original composición del barroco popular del paisaje teñido de una suave luz y matizado en unos grises blancos y verdes, han hecho de Comabarro el lugar preferido para su inspiración por los grandes artistas, especialmente los mejores pintores y grabadores gallegos. El encanto de este núcleo urbano, con su inigualable y sencilla belleza, debe ser preservado mediante la oportuna declaración monumental de reformas e innovaciones que pudieran perjudicarlo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de ministros en su reunión del día diez de noviembre de mil novecientos setenta y dos,

DISPONGO:

Artículo primero.- Se declara conjunto artístico y pintoresco de caracter nacional el pueblo de Combarro, en el Ayuntamiento de Poyo (Pontevedra).

Artículo segundo.- La tutela de este conjunto, que queda bajo la protección del Estado, será ejercida a través de la Dirección General de Bellas Artes por el Ministerio de Educación y Ciencia, el cual se faculta para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el mejor desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Asi lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a treinta de noviembre de mil novecientos setenta y dos.
                     FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación y Ciencia
JOSE LUIS VILAR PALASI

jueves, 22 de noviembre de 2012

viernes, 9 de noviembre de 2012

El Estatuto de Cataluña. Julio Camba



 
Un día, al final de cierta sesión nocturna, don José Ortega y Gasset apareció en el salón de sesiones del Congreso, donde, con voz débil y ademán vacilante, porque su salud se encontraba entonces bastante quebrantada, declaró que los conceptos de autonomía y federalismo no eran conceptos análogos, sino conceptos opuestos.
Para decir una cosa tan sencilla, tuvimos que sacar de la cama con toda urgencia, hacia las cuatro o cinco de la madrugada, al filósofo máximo de la nación, llevándolo a la plaza de las Cortes poco menos que en unas parihuelas; y es que, sencilla y todo, esa cosa no la sabía nadie en el Congreso. Para aquellos energúmenos era lo mismo ensamblar las piezas de un puzzle, a fin de formar un cuadro, que coger un cuadro y hacerlo añicos, al objeto de crear un puzzle, y era igual buscar un aumento de poder en la unión con otros países que desmembrar el territorio nacional en regiones más o menos independientes.

No se hablaba entonces más que del Estatuto de Cataluña, compromiso de honor de la República, porque algunos catalanes, reunidos un día con otros señores en un café de San Sebastián, dijeron que ellos no contribuirían a la revolución si no se les prometía el Estatuto, y, aunque la revolución no la hizo nadie y la República vino sola, los señores del café de San Sebastián acordaron:
Primero. Que ellos tenían que encargarse de la gobernación del Estado, porque para eso habían resuelto traer la República por medio de la revolución; y
Segundo. Que, pasara lo que pasara, el Estatuto catalán estaba por encima de todo.
No hubo medio humano de hacer rectificar al Gobierno, por lejos que fue la indignación de las gentes. Don Manuel Azaña hacía grandes aspavientos ante lo que, a su juicio, constituía un caso manifiesto de incomprensión colectiva, y en un discurso memorable declaró que, después de todo, España no es, realmente, un país unitario, y que la unidad nacional carece de tradición entre nosotros. ¿Qué les parece a ustedes?
Desde luego, nuestra unidad nacional no es, ni en un minuto, anterior a nuestra unidad nacional, y si vamos a buscar su tradición a una época en la que todavía no se había logrado, es evidente que no la encontraremos. Esto no quita (...) para que no haya en toda Europa una unidad nacional más antigua.

España fue el primer país europeo que sintió la idea de nación y la impuso en toda la haz de su territorio, lo que no impidió, naturalmente, que quedase aquí una barretina, por ejemplo; allí una gaita, allá un baile o una canción y acullá una manera peculiar de guisar el arroz o el bacalao. Estos residuos históricos son lo que algunos llaman hechos diferenciales, y los hay en todas partes. Los hay en Cataluña con respecto a España, y en Barcelona con respecto a Cataluña, y en la rambla de Canaletas con respecto a Barcelona, y en cualquier casa de la rambla de Canaletas con respecto a la rambla en general. En todas partes hay hechos diferenciales, pero la cuestión está en si debe uno cultivarlos o debe, por el contrario, dedicarse al cultivo de los hechos igualitarios.


El caso fue que los catalanistas consiguieron su Estatuto, emancipándose del vago centralismo madrileño para caer bajo el centralismo directo de Barcelona, y yo recuerdo una fotografía en la que doña Margarita Nelken, cogida de la mano con uno de estos boticarios que la República puso al frente del ministerio de Marina, y con mi amigo don Laureano Paratcha, aparecía bailando la sardana, en celebración del fausto acontecimiento. Hace veinte años, algunos naturales del Ampurdán solían reunirse los domingos en cierta calle de Barcelona para bailar la sardana, y los barceloneses se morían de risa contemplando el espectáculo de su futuro baile nacional; pero ahora no se trata de eso. Se trata de que doña Margarita Nelken estaba muy alegre, y ¿por qué no iba a estar alegre doña Margarita Nelken, digo yo?


En cambio, los otros danzantes tenían todos una verdadera risa de conejo...


[Haciendo de República (1934) - Julio Camba] 

viernes, 2 de noviembre de 2012

Cinco tapas



A través de un  Decreto, la Xunta pretende regular de nuevo la situación de los furanchos, aquellos locales que se vienen dedicando de una forma ancestral, popular y enxebre, a la venta de los excedentes de la producción vinícola. Bien es cierto que en las últimas décadas, sobre todo en municipios de las Rías Baixas, la actividad y profusión de estas bodegas o loureiros, en principio de temporada, debido a la extralimitación en los servicios que ofrecían, venían siendo denunciados por la hostelría estable y reglada por su manifiesta competencia desleal.
La norma recoge ahora para los furanchos, extremos como los de la obligatoriedad de estar inscritos en el registro vitícola, el período de apertura, que estriba entre el uno de diciembre y el treinta de junio, por un período máximo de tres meses, o incluso la cantidad de vino que se puede vender, siempre de barrica.
Pero lo más novedoso de este delicioso decreto administrativo es que permite, a diferencia del anterior, que se puedan servir - se supone que ahora ya de una forma legal - tapas calientes para acompañar al vino.
Y así por primera vez un boletín oficial va a determinar cuales son las once tapas permitidas para estos negocios, a saber:
Tabla de embutidos y quesos - Pimientos, variedad Padrón - Oreja/chorizo - Zorza/raxo - Costilla - Huevos fritos - Sardinas o jureles a la brasa - Callos - Tortilla de patatas - Emapanada/empanadillas - Croquetas de bacalao.
No acaba ahí la prolija regulación administrativa, pues de esas once tapas, los furancheiros, de acuerdo con la asociación de su municipio, solamente pueden escoger cinco (5) de esas once especialidades gastronómicas.
Habrá casos de numerus apertus, como es el de las "tablas de embutidos y quesos", donde pueden entrar infinidad de especialidades, desde el lacón prensado hasta el queso de tetilla, y sucederá  algo semejante con el epígrafe de "empanada-empanadillas", donde se podrán ofertar desde una de chocos a otras de atún.
Mayor problema, que deberán resolver la Administración municipal, a la que se dota de las correspondientes facultades de inspección, pueden surgir si un cliente pides huevos cocidos en vez de fritos, u otra tortilla que no sea de patata por poner unos vulgares ejemplos.
Como también se echa de menos de esos once preparados que no figuren los demandadísimos calamares fritos, mejillones de las rías u otros productos de temporada como setas o castañas, para acompañar al vino.
Del  pulpo, nada diremos, pues suponemos que debido a su importancia sociocultural, se regulará por una norma especial que dictamine que requisitos han de reunir  las pulpeiras 
Lo dicho, que Galicia ya puede presumir de contar con  toda una joya normativa para diseñar el acompañamiento a la excelencia del vino. Aunque en este caso  más bien habría que decir, "vino de excedencia".